miércoles, 10 de noviembre de 2010

LOS DERECHOS HUMANOS UN LIMITE TRANSGREDIBLE Y UNA REALIDAD CONJETURAL EN LAS LAPIDACIONES EN IRAN

Derechos Humanos entre un limite  intransgredible y una realidad  conjetural, son contemplados por muchos países  pero respetados por pocos  , este articulo pretende  no solo una reflexión y critica,  sino  también  una ilustración a groso modo de lo que para muchos países  hoy son los derechos humanos , partiendo del eje  central de este  articulo  que viene a ser precisamente maneras como los mismos son transgredidos a diario , se hace necesario entonces así contemplar el caso de las lapidaciones en distintos lugares de la tierra, como  Irán .
Si partimos de la definición de muchos ,sobre lo que son derechos humanos , encontramos  unanimidad en asegurar  pues  que se  tratan de ‘’… derechos inherentes a la condición humana , los cuales por su misma  índole  no admiten  ninguna distinción al respecto sobre quienes  los tienen o no …’’[1], puesto que  precisamente de su esencia  misma  se deduce que son de todos  .
Pero entonces surge la pregunta si son de todos  ¿Por qué no son reconocidos por todos? Y es que aquí viene precisamente el problema al respecto ,todos los derechos son conocidos, pero no todos  reconocidos  a todos los  seres humanos , por simples  y vagas razones  infundadas  en preceptos remotos  de  una sociedad  antigua  que  aun en estos  tiempos se  conservan .Con ello me  refiero precisamente al hecho por ejemplo de las  lapidaciones  en Irán, que son una de las expresiones mas  claras de la negación  total  al reconocimiento de  los derechos  humanos  que ha todo ser humano pertenecen , por concepción  religiosas   que aunque  son respetadas  no son compartidas y se convierten totalmente en una de las realidades mas  absurdas  sobre  el desconocimiento del carácter ‘’ UNIVERSAL’’[2] de los derechos Humanos .
Quisiera  partir  relatando la cruda  realidad  que se  vive  precisamente en este  país  lleno de conflictos  armados , sociales , políticos , y demás   que han potencializado la trasgresión de los derechos  humanos desde  todas las perspectivas  . La lapidación en Irán , es no solo un problema  de  concepciones  religiosas  sino incluso de derecho en el sentido jurídico mismo  de la acepción, concebida así  como la pena  que se  impone  a las  mujeres  y hombres  que sean  hallados   culpables  de  adulterio  compromete no solo  el derecho de  las personas  a  no ser  torturadas y a la prohibición  de penas , tratos  crueles y degradantes[3]  , sino que  también ven inmiscuidos  la protección desde todo ámbito de  defensa  internacional por las  garantías  de un debido proceso a las   personas  que se ven inmiscuidas en este tipo de procesos .
La sociedad ha  evolucionado , el adulterio  que en siglos anteriores  implicaba  pecado mortal  para los mas  creyentes  , en los países del tercer mundo no ha dejado de  ser una practica   común  en las  distintas  sociedades , que incluso no comporta ningún  tipo de sanción, porque hace parte del diario vivir  ¿pero  y entonces  porque  en países  como Irán  si se  castiga con la propia vida?, la  respuesta a ello es sencilla, la religión  juega un papel decisivo en países  como estos ,en donde  las concepciones  precisamente  sobre el vinculo sagrado del matrimonio , y las demás  religiosas son mas importantes incluso que  la misma dignificación de la persona como tal .
Coger  y  lanzarle  piedras a una  persona  hasta su muerte de tal manera que se produzca el dolor mas intenso posible , constituye una practica atroz desde todo punto de vista ,y mas  si se mira el hecho de son los mismos seres humanos quienes deciden aplicarla .Resulta así inverosímil creer que la misma condición humana que nos permite ser los sujetos de los derechos humanos , sea la misma  que a su vez castiga y emplea este tipo de técnicas . Al contemplarse precisamente en el código penal de Irán, la lapidación como pena por el delito del adulterio, y al especificar incluso este mismo código  como habrán de ser las  piedras que causen la muerte, se  convierte  en una disposición que  desde todo punto de vista implica la violación total del reconocimiento de los derechos humanos.
En Irán la lapidación es regulada en caso de adulterio estando casado y por ello han muerto según amnistía Internacional [4], desde 2002 al menos seis hombre y una mujer ,  actualmente el numero de mujeres es superior  que la de los hombres lapidados ,por ello la conmoción internacional que  se levanto por el caso de  Sakineh Mohammadi, en riesgo inminente de ser ejecutada o por la horca o  lapidada en todo caso .La situación así comporta  para la comunidad internacional un interés fundado  en este  tema en pro precisamente  de la defensa de los derechos humanos .
El hecho se  trata  de propender por una concientización de los grandes  lideres políticos  mundiales de países  como Arabia saudí ,Nigeria ,e Irán , sobre  lo inútil que resultan estas practicas  , pues bien lo decía  Cessare Beccaria ,en su libro de los Delitos  y de las Penas ,’’la pena  de muerte  solo puede  creerse necesaria , cuando la muerte del delincuente  fuese el verdadero y único  freno  que contuviese a otros y los separase de cometer delitos …‘’[5],  pero todos sabemos lo inútil en todo sentido que  resulta ello mismo , toda vez  que es  infructuoso siquiera considerar que el temor infundado con penas como estas  realmente  eviten que los seres humanos cometan delitos .
Lo paradójico de la situación de Irán, es que este país ha ratificado diversas convenciones  sobre Derechos Humanos, pero la obligación de  cumplirlas  parece haberse  convertido en letra muerta. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales. ¿Entonces que ha pasado?

Aunque el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho humanitario internacional prohíben uniformemente prácticas como estas de las lapidaciones, en cualesquiera circunstancias, la tortura y los malos tratos se practican en más de la mitad de los países del mundo. La situación así no comporta una diferencia total al respecto frente  a casos por ejemplo como la practica de las lapidaciones que involucran tortura a plenitud, el problema esta en el cambio de concepción de la prohibición bajo toda circunstancia de la misma. Es así como entonces : ‘’…La notable contrariedad que existe entre la prohibición absoluta de la tortura y su prevalencia en el mundo actual demuestra la necesidad de que los Estados identifiquen y pongan en práctica medidas eficaces para proteger a las personas contra la tortura y los malos tratos...``[6]

El derecho a estar libre de estas practicas está firmemente establecido en el marco del derecho  internacional, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención  contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, La Convención Americana de Derechos Humanos, la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales  entre otros ,el hecho así esta es  entonces  en que países  y gobiernos como el de Irán  los reconozcan y les  den plena aplicación a cabalidad .
Partiendo entonces de esto último es que así deseo concluir que las herramientas están, su aplicación en gran medida no comporta la misma situación , pero para eso está la lucha interna de cada uno de nosotros  en pro de  vivificar la UNIVERSALIDAD de los derechos humanos en todo sentido , se trata así de propender  en cada uno de los países por prohibir este tipo de practicas, de rechazarlas y de comprender  que por encima  de toda creencia esta el hecho de  reconocer   que ante todo esta la misma estirpe humana  que nos permite ser y tener de modo inherente  todos los derechos humanos . 
Por ultimo quiero concluir citando la siguiente  frase escrita por Kofi Annan:'' Los derechos humanos son sus derechos. Tómenlos. Defiéndanlos. Promuévanlos. Entiéndanlos e insistan en ellos. Nútranlos y enriquézcanlos... Son lo mejor de nosotros. Denles vida.''


HECHO POR:INGRID LIZETH OCHOA RISCANEVO


[1] Ferrajoli, Luigi (2001). Los fundamentos de los derechos fundamentales. Madrid: Trotta., pág  22 .
[2] González Uribe, Héctor. Fundamentación filosófica de los derechos humanos ¿personalismo o transpersonalismo?, pág. 332
[3] PROTOCOLO DE ESTAMBUL. Manual para la investigación y documentacióneficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles,
inhumanos o degradantes. Naciones Unidas Nueva York y Ginebra, 2001.
[4] Http/://www.es.amnesty.org/temas/pena-de-muerte/lapidaciones-en-iran/
[5] BECCARIA, Cessare.DE LOS DELITOS  Y DE LAS PENAS.
[6] Amnistía Internacional, Amnistía Internacional: Informe 1999, Londres, EDAI, 1999

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